Euskal presoak Euskal Herrira


"Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no podrán consistir en trabajos forzados. El condenado a pena de prisión que estuviere cumpliendo la misma gozará de los derechos fundamentales de este capítulo, a excepción de los que se vean expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la ley penitenciaria. En todo caso tendrá derecho a un trabajo remunerado y a los beneficios correspondientes de la Seguridad Social, así como al acceso a la cultura y al desarrollo integral de su personalidad" (Artículo 25.2 de la Constitución española de 1978).

Esto es lo que dice la ley de leyes española sobre la pena de prisión. Quizá otra vez me ocupe de esa reeducación y reinserción que parecen ser el objetivo: hay condenados reeducados y reinsertados que siguen en prisión y condenados que la abandonaron sin estar reeducados ni reinsertados.

Hace poco creó polémica el caso de un preso etarra, enfermo terminal de cáncer, que alcanzó el tercer grado: no estaba ni reeducado ni reinsertado. En junio de 2011 fue liberada Birgit Hogefeld, militante de la RAF: el tribunal tuvo en cuenta que se había alejado de sus antiguos camaradas. Andrea Klump, otra militante del RAF, sigue en prisión, entre otras cosas por no colaborar con la justicia.

La ONU establece como principio básico que los condenados deben cumplir su pena cerca de su lugar de residencia habitual, "a una distancia razonable". En las Reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos se dice: "Se tendrá debidamente en cuenta, desde el principio del cumplimiento de la condena, el porvenir del recluso después de su liberación. Deberá alentarse al recluso para que mantenga o establezca relaciones con personas u organismos externos que puedan favorecer los intereses de su familia así como su propia readaptación social."

El alejamiento de los presos supone un problema para los abogados que les defienden, para sus allegados, que tienen que realizar largos viajes en coche. Algunos familiares han fallecido en accidentes de tráfico cuando iban a visitar a los presos; en un folleto abertzale leo que, hasta 2009, ha habido 276 accidentes y han muerto doce personas.

A finales de los años 80, el Gobierno español pensó que una manera efectiva de lograr la reinserción de los presos etarras era separarlos. No tenía sentido encerrarlos en macroprisiones donde todos pertenecían al mismo grupo terrorista. Ya se había hecho con narcotraficantes en algunos países sudamericanos y los resultados habían sido terribles.

No puedo resistirme a citar un fragmento de Archipiélago Gulag: "Cuando aún estaba en libertad, Vera Ribákov, estudiante socialdemócrata, soñaba con el izoliator de Suzdal, pues sabía que sólo ahí podría volver a ver a sus camaradas mayores (ya no quedaba ninguno en libertad) y cultivarse ideológicamente". Espero que los presos etarras y sus adláteres no quieran comparar el Gulag soviético con las cárceles españolas; los únicos que podrían abrir un Gulag serían ellos. Sólo pretendía demostrar que los comunistas se equivocaban encerrando en la cárcel a una menchevique con otros mencheviques: Solzhenitsin dice que la joven estudiante aprendió lo que era la socialdemocracia en la cárcel.

El Gobierno español, no por espíritu de venganza, no para torturar a los presos, sino porque consideró que lo mejor para estos era separarlos, alejarles de los ideólogos de la organización, incluso de sus abogados: de esa manera sería más factible que se reeducaran y se reinsertaran.

Es curioso que en el folleto del que hablaba antes se diga que la política de dispersión pretende que "el colectivo se rompa físicamente, desgajando sus unidades primero en subgrupos y posteriormente una separación individual. El objetivo de esta medida es romper el vínculo del grupo, uno de los mecanismos de defensa principales para poder sobrevivir en un sistema de castigo, que en este caso es una cohesión política además de humana". Ellos mismos reconocen que no están de acuerdo con la dispersión de etarras porque puede conseguir su objetivo: la reinserción de los presos.

No puedo dejar de pensar en ese personaje de The Wire, D'Angelo Barksdale, que le confesó a un policía que se había sentido más libre en prisión que en la calle, porque en prisión, al menos, estaba lejos de su familia y de los negocios de su familia; claro, la cárcel no estaba llena de esbirros de Avon.



El entorno etarra, rápidamente, pergeñó este lema: Euskal presoak Euskal Herrira. Con él se quería decir no sólo que los presos vascos tenían que cumplir su condena en cárceles vascas, sino también (y sobre todo) que los presos vascos, lo que ellos llaman presos políticos, deben ser liberados, amnistiados.

En el PNV, que al principio respaldó la política de dispersión, comenzó pronto a criticarla. No podía decir, desde luego, que no había que tratar demasiado mal a los que estaban sacudiendo el nogal. Utilizó el argumento de que las familias de los etarras se hacían dependientes de las organizaciones batasunas, que financiaban los viajes a las lejanas cárceles donde se encontraban los presos. Los jelkides viven en una continua contradicción: está bien recoger las nueces que tira al suelo ETA, pero no pueden permitir que los batasunos logren sus objetivos, porque el PNV sería el último nogal a talar.

Los que cuelgan ese cartel presumen de estar defendiendo los derechos humanos: al parecer los derechos humanos no tienen, para ellos, un carácter universal. Como en la granja de Orwell, algunos tienen más derechos que otros: unos no tienen derecho a la vida o a vivir sin amenazas; otros tienen derecho... a lo que se figuren.



Por terminar, el mismo partido político que inició la política de dispersión de presos decidió, veinte años después, dejarse vencer por las presiones. En Álava comenzó a construir una cárcel para etarras que nada tenía que envidiar a La Catedral de Envigado, donde Pablo Escobar estuvo recluido, donde residió: piscina cubierta climatizada, gimnasio, sala de ordenadores, biblioteca, polideportivo, aula de música... No saben que no se puede contentar a los que no quieren ser contentados.

¿Por qué no, sencillamente, se aplica la ley? Repito: el condenado disfrutará de los derechos fundamentales, "a excepción de los que se vean expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la ley penitenciaria".